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Google y sus escaneos
Me ha llegado este e-mail, supongo que el resto de escritores "famosos" como yo también lo habréis recibido, que alguien me lo explique, porfa...
Aviso Resumido Actualizado: el Nuevo Plazo para la Exclusión/Objeción es el 4 de septiembre de 2009
Si Usted es un Autor de un Libro, una Compañía Editora u Otra Persona que Posee Derechos de Autor Sobre un Libro u Otro Escrito,
Sus derechos podrían verse afectados por un acuerdo de demanda colectiva
relacionado al escaneo y uso de Libros y otros escritos por parte de Google.
Personas Fuera de los Estados Unidos: Este acuerdo podría afectarlo porque abarca derechos de autor de los Estados Unidos sobre libros publicados fuera del país. Si usted posee dicho derecho sobre un libro u otro material contenido en un libro, este acuerdo podría obligarlo, a menos que se excluya a tiempo.
Autores y compañías editoras entablaron una demanda colectiva, reclamando que Google violó los derechos de autor de autores, compañías editoras y otros titulares de derechos de autor (los “Titulares de Derechos”) al escanear Libros y Encartes protegidos por derechos de autor, y exhibir pasajes sin permiso. Google niega todos los reclamos. Las partes han llegado a un acuerdo. Este resumen suministra información básica sobre el acuerdo. Los “Libros” y “Encartes” se describen a continuación.
¿Qué Provee el Acuerdo?
De ser aprobado por el Tribunal, el acuerdo autorizará a Google a escanear Libros y Encartes protegidos por derechos de autor en los Estados Unidos, y mantener una base de datos electrónica de Libros. Para Libros fuera de circulación y, si lo permiten los Titulares de Derechos de Libros en circulación, Google podrá vender acceso a Libros individuales y suscripciones institucionales a la base de datos, colocar anuncios publicitarios en cualquier página dedicada a un Libro y hacer otros usos comerciales de los Libros. Los Titulares de Derechos pueden cambiar las instrucciones a Google con respecto a cualquiera de esos usos en cualquier momento. Google pagará a los Titulares de Derechos 63% de todos los ingresos obtenidos de estos usos a través de un Registro de Derechos de Libros (el “Registro”).
Google también pagará 34,5 millones de dólares para establecer y financiar las operaciones iniciales del Registro y para los costos de administración del aviso y el acuerdo, y al menos 45 millones de dólares para pagos en efectivo a los Titulares de Derechos de Libros y Encartes que Google escanee a más tardar el 5 de mayo de 2009.
¿Quién está Incluido?
La clase del acuerdo incluye a todas las personas a nivel mundial que poseen derechos de autor en Estados Unidos sobre cualquier Libro o Encarte. El significado de “derechos de autor en Estados Unidos” es amplio. Donde quiera que usted esté ubicado, se le agradece leer el Aviso completo para determinar si usted está o no incluido en el acuerdo.
Existen dos Sub-Clases:
· La “Sub-Clase de Autores” (autores de Libros y otros escritos, y sus herederos, sucesores y cesionarios), y
· La “Sub-Clase de Compañías Editoras” (compañías editoras de Libros y publicaciones periódicas, y sus sucesores y cesionarios).
¿Qué Material está Cubierto?
Los “Libros” incluyen trabajos escritos protegidos por derechos de autor, tales como novelas, libros de texto, tesis de doctorado y otros escritos que fueron publicados o distribuidos en formato impreso el o antes del 5 de enero de 2009.
Para poder ser incluidos en el acuerdo, los trabajos estadounidenses deben estar registrados con la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos (U.S. Copyright Office). Los “Libros” no incluyen publicaciones periódicas, trabajos personales, partituras, y trabajos gubernamentales o del dominio público.
Los “Encartes” incluyen cualquier texto y otros materiales, tales como prólogos, ensayos, poemas, citas, cartas, letras de canciones, ilustraciones de Libros infantiles, partituras, cuadros y gráficos, si los mismos estuvieren protegidos independientemente por los derechos de autor de Estados Unidos, contenidos en un Libro, un trabajo gubernamental o un libro del dominio público publicado el o antes del 5 de enero de 2009 y, si se trata de un trabajo estadounidense, registrado (ya sea por sí mismo o como parte de otro trabajo) con la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos. Los encartes no incluyen contenido pictórico (excepto en el caso de las ilustraciones de Libros infantiles), o ningún trabajo gubernamental o del dominio público.
El Aviso contiene una descripción más detallada de estos términos y otra información esencial sobre el acuerdo.
¿Qué Debo Hacer?
Se le agradece leer el Aviso completo, el cual está disponible en http://www.googlebooksettlement.com. Decida si usted debe o no:
· Permanecer en el acuerdo. Si lo hace, quedará obligado por las decisiones del Tribunal, incluyendo una exoneración de sus reclamos contra Google.
· Objetar al acuerdo o comentar sobre el mismo. Usted debe objetar/comentar por escrito a más tardar el 4 de septiembre de 2009.
· Excluirse del acuerdo y mantener su derecho a demandar a Google individualmente. Usted debe excluirse por escrito a más tardar el 4 de septiembre de 2009.
· Presentar un reclamo para un pago en efectivo (si es elegible a recibirlo). Usted debe presentar su reclamo a más tardar el 5 de enero de 2010.
El Tribunal ha designado a Abogados de la Clase para representar a las dos Sub-Clases. Si el acuerdo es aprobado, los Abogados de la Clase para la Sub-Clase de Autores solicitarán honorarios y costos de abogados que Google ha acordado pagar. Usted también puede contratar a su propio abogado, a su propio costo.
El Tribunal determinará si aprobará o no el acuerdo en una Audiencia de Equidad el 7 de octubre de 2009 a las 10:00 a. m.
Obtenga Información Completa, Incluyendo el Aviso Completo:
Visite: http://www.googlebooksettlement.com
Llame: +1.612.359.8600 y los números de línea gratis disponibles en http://www.googlebooksettlement.com/help/bin/answer.py?answer=118721&hl=es
Escriba a: Google Book Search Settlement Administrator, c/o Rust Consulting,
P.O. Box 9364, Minneapolis, MN 55440-9364 UNITED STATES OF AMERICA

Escritores "famosos"...
En fin...
Pues yo pensé que era algún timo del tipo de los que dicen que alguien ha heredado pero no puede cobrar y tienes que ir al banco a sacar una millonada y te pagarán no sé cuánto.
Vamos, que lo borré, sin más.
No, Malube, no es ningún timo, ya me lo han aclarado en otro sitio, lo que ocurre es que tampoco nos afecta a la inmensa mayoría como pudiera parecer, ya que por lo visto es más de lo mismo, cánones y estrategias de Google.
Todavía hay quien desconoce uno de los múltiples usos de las comillas: la ironía. Resulta muy triste seguir los patéticos intentos de insultar aun cuando es el propio autor quien se ríe de sí mismo y apunta en el mismo sentido que el ignorante, en este caso Steiner.
"Steiner"...
" :-D "
" `-´ "
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